FILIACIÓN
EXTRAMATRIMONIAL DE MAYORES DE EDAD.
El
proceso de filiación está orientado a establecer la relación paterno o materno
filial entre padres e hijos (demandado demandante), la filiación es
entonces entendida como relación parental
que vincula de manera expresa o tácita, en consecuencia el fin de este tipo de
proceso es reclamar que legalmente se reconozca
dicha relación biológica , ciertamente se busca conocer el origen real de una
persona, el intentar llegar a la verdad de los hechos, su procedencia biológica,
siendo un derecho innegable que se
justifica no solo en la dignidad del ser humano y el derecho de indagar sobre sus orígenes, esta información personal e intrínseca es exigible y factible desde el punto de vista jurídico, económico
biológico y emocional pues es la exigencia de la búsqueda o confirmación de la
verdad que generara derechos y obligaciones, así mismo nos puede permitir conocer las características
genéticas que nos acompañaran por el
resto de nuestras vidas, como patologías
que podemos ser pasibles de desarrollar por herencia genética en determinada
etapa de nuestras vidas, información que no debe ser negada, pues podría prevenir
algún suceso que tenga que ver con la salud física y
sicológica así como ayudar a mejorar la
calidad de vida si la información es oportuna, evitando así algún efecto no
deseado de la denominada herencia genética, por lo que cuando se trata de exigir
se nos permita conocer nuestros orígenes estamos también aludiendo al derecho a
la salud, a la vida y a la verdad entre otros que son de suma importancia para
el desarrollo de las personas.
Es
necesario entonces estar conscientes de
que la filiación no está orientada solo a niños recién nacidos cuyos padres no
los han reconocido y por ello van tras
el derecho de alimentos, la filiación extramatrimonial bien puede ser reclamada
por un adulto puesto que están
en juego derechos constitucionales, como el Derecho a conocer nuestros orígenes,
el Derecho a conocer la verdad, el Derecho a nuestra identidad, que debe ser
contemplada no solo desde el punto de vista formal, es decir mi identidad no
esta reflejada en el DNI, esa sin duda alguna es mi identificación mas no es descripción
de mi identidad, puesto que esta es más compleja y tendrá que ser considera
desde un punto de vista integral(genético personalidad, idiosincrasia).